La Justicia provincial homologó un acuerdo entre la Fiscalía de Cibercrimen y la defensa de un imputado, quien deberá indemnizar a la víctima de una estafa que utilizó un video manipulado con IA de Alejandro Fantino para promocionar falsas inversiones.
En una causa por estafa tramitada en la provincia de Chubut, la jueza Eve Ponce homologó un acuerdo entre la Fiscalía Especializada en Cibercrimen y la defensa del imputado. El acuerdo contempla el pago de una reparación económica a la víctima y la extinción del proceso penal en caso de cumplimiento.
El acuerdo establece que el acusado deberá abonar seis cuotas mensuales y consecutivas de 58.000 pesos. Una vez cancelado el monto total, se dispondrá su sobreseimiento, en el marco de un mecanismo alternativo previsto por la ley para este tipo de delitos. Por el Ministerio Público Fiscal intervinieron la fiscal Eugenia Domínguez y el abogado Juan Uad, integrantes del área de Cibercrimen.
La investigación se inició a partir de un hecho ocurrido el 25 de mayo de 2025. Según se reconstruyó, la víctima fue incorporada a un grupo de la aplicación Telegram, administrado por una usuaria que se presentaba como supuesta agente de divisas. El grupo era promocionado mediante un video manipulado con inteligencia artificial en el que se utilizaba la imagen y la voz del conductor Alejandro Fantino, con el objetivo de generar credibilidad. Allí se ofrecían inversiones con promesas de altos rendimientos.
La operatoria consistía en simular un esquema financiero legítimo, con comunicaciones constantes, reportes falsos de ganancias y solicitudes progresivas de dinero. En ese contexto, el damnificado realizó una primera transferencia de 169.000 pesos desde su cuenta del Banco del Chubut hacia una cuenta en la plataforma Ripio. Posteriormente, se le solicitó un segundo depósito de 70.000 pesos en concepto de comisión, que también fue abonado.
De acuerdo con la investigación, los fondos fueron convertidos en criptomonedas tipo USDT y luego transferidos a distintas direcciones digitales para dificultar su rastreo. El hecho fue calificado provisoriamente como estafa, conforme al artículo 172 del Código Penal. La imputación recayó sobre el titular de la cuenta que recibió los fondos, en carácter de autor y/o partícipe necesario.
Desde el Ministerio Público Fiscal destacaron la importancia de este tipo de acuerdos, que permiten dar una respuesta rápida al conflicto penal, priorizando la reparación del daño causado a la víctima. Al mismo tiempo, remarcaron la necesidad de denunciar estas maniobras y alertaron sobre el crecimiento de estafas que combinan nuevas tecnologías, como la inteligencia artificial, con métodos tradicionales de engaño. También recomendaron a la población verificar siempre la autenticidad de las propuestas de inversión y desconfiar de promesas de ganancias rápidas o aseguradas.
