La Justicia de Chubut declaró responsable a un hombre por lesiones leves agravadas por el vínculo y violencia de género contra su pareja embarazada, aunque lo absolvió del delito de amenazas.
La Justicia de Chubut condenó a un hombre por agredir a su pareja cuando se encontraba embarazada, en el marco de una causa por violencia de género. El tribunal lo declaró responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, aunque lo absolvió de la acusación por amenazas.
La sentencia determinó que el acusado ejerció violencia física contra su pareja durante el embarazo, encuadrando el hecho como “lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género”. En cambio, el tribunal resolvió su absolución respecto del delito de amenazas, al considerar que no se acreditaron pruebas suficientes para sostener ese cargo.
Durante el proceso, la víctima relató que la relación estaba atravesada por celos, episodios de ira y un progresivo aislamiento, describiendo un vínculo marcado por la violencia psicológica. En el fallo se sostuvo que la situación no podía interpretarse como un hecho aislado, sino como parte de un contexto más amplio de violencia sostenida en el tiempo, al que se hizo referencia como “la punta del iceberg”.
La defensa del acusado intentó sostener que existía una “relación tóxica” con agresiones mutuas, planteo que fue descartado por la jueza interviniente, al no considerarse probado que hubiera reciprocidad en la violencia ni legítima defensa.
Para llegar a la condena, el tribunal valoró distintas pruebas, entre ellas informes médicos, pericias forenses y fotografías que documentaron las lesiones sufridas por la víctima. También fueron incorporados testimonios de personas del entorno cercano, como amigos y una prima, quienes dieron cuenta del estado de angustia de la mujer, además de informes de profesionales de la salud mental. A esto se sumaron mensajes de WhatsApp, que reflejaban episodios previos de violencia y situaciones de conflicto dentro de la relación.
El fallo fue dictado con perspectiva de género, analizando el caso en su contexto y no como un episodio aislado, sino dentro de una dinámica de violencia sostenida.
