5, marzo, 2026

Rechazan prisión domiciliaria en un sitio donde se practica “culto umbanda”

Durante la mañana de este jueves se realizó una nueva audiencia de revisión de la prisión preventiva en el marco de una causa por un delito contra la propiedad ocurrido el 3 de agosto de 2025. En el caso están imputados Alexander Haro y Jorge Sudán.

En la audiencia, el fiscal general Julio Puentes, acompañado por el funcionario de fiscalía Franco Tavano, solicitó que se mantenga la prisión preventiva que cumple Haro y el arresto domiciliario de Sudán por un plazo de cinco meses o hasta la realización de la audiencia preliminar. El representante del Ministerio Público Fiscal indicó que la acusación ya fue presentada, lo que refuerza los elementos de convicción que señalan a ambos imputados como probables coautores del hecho.

Asimismo, detalló que la pretensión punitiva de la fiscalía es de siete años de prisión para Haro y seis años para Sudán, en caso de que sean declarados culpables. También sostuvo que persisten riesgos procesales, principalmente el peligro de fuga.

Por su parte, la defensora pública Vanesa Vera, representante de Sudán, no se opuso al pedido del fiscal, al considerar que la medida no modifica la situación procesal de su asistido.

En tanto, el defensor de Haro, Gustavo Oyarzún, solicitó que su representado accediera al arresto domiciliario con tobillera electrónica, argumentando que no se le estaría dando un trato igualitario respecto del coimputado. Para ello ofreció como domicilio la vivienda de un familiar ubicada en el barrio Moure, donde se practica el culto umbanda.

Finalmente, el juez penal Ariel Tedesco resolvió prorrogar la prisión preventiva de Haro y el arresto domiciliario de Sudán por el plazo de cinco meses. El magistrado consideró que, si bien no se advierte riesgo de entorpecimiento de la investigación, sí persiste el peligro de fuga. Asimismo, rechazó la morigeración solicitada por la defensa de Haro al entender que el domicilio ofrecido “no puede ser considerado contenedor”.

A PLENA LUZ DEL DIA EN UNA AVENIDA

Según la acusación, el hecho ocurrió el 3 de agosto de 2025 alrededor de las 16:45, cuando la víctima circulaba en su automóvil por Polonia y Pieragnoli. Al detener su marcha fue interceptada por Haro y Sudán, quienes abrieron las puertas del vehículo.

De acuerdo con la investigación, Haro golpeó a la víctima en la cabeza con la culata de un revólver y luego ambos sustrajeron diversos elementos de valor y se dieron a la fuga.

Tras el aviso a la policía, personal de la Seccional Sexta realizó un rastrillaje en la zona y logró detener a Haro, mientras que Sudán escapó del lugar. El hecho fue calificado provisoriamente como robo agravado por el uso de arma de fuego utilizada como arma impropia, en calidad de coautores para ambos imputados.

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