9, mayo, 2026

La Corte Suprema revocó un fallo del Superior Tribunal de Chubut en una causa por abuso sexual

El máximo tribunal nacional dejó sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Chubut en un caso de abuso sexual con acceso carnal ocurrido en Puerto Madryn, y ordenó un nuevo pronunciamiento judicial.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hacer lugar a un planteo impulsado por el Ministerio Público Fiscal del Chubut y dejó sin efecto una sentencia dictada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia del Chubut en una causa por abuso sexual con acceso carnal iniciada en Puerto Madryn.

La decisión del máximo tribunal federal acompañó los argumentos expuestos por la Procuración General de la provincia, a cargo de Jorge Luis Miquelarena, y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento judicial.

El expediente tiene su origen en una denuncia por un hecho ocurrido el 10 de abril de 2020 en Puerto Madryn. El imputado fue llevado a juicio oral por el delito de abuso sexual con acceso carnal, pero en octubre de 2022 un tribunal colegiado de esa ciudad resolvió absolverlo por el beneficio de la duda.

Frente a esa decisión, el Ministerio Público Fiscal del Chubut presentó una impugnación ante el Superior Tribunal de Justicia del Chubut. Sin embargo, la Sala Penal declaró inadmisible el recurso mediante la Sentencia N° 102/2022, firmada en ese momento por los ministros Alejandro Panizzi y Camila Banfi Saavedra.

Agotada la instancia provincial, la Procuración General presentó un recurso extraordinario federal ante el propio tribunal superior. En ese escrito, firmado por Miquelarena, se sostuvo que tanto la absolución como la resolución posterior presentaban arbitrariedad por fundamentación aparente. Según planteó la acusación, la valoración de la prueba se habría realizado de manera fragmentada, sin integrar todos los elementos en un análisis conjunto.

Además, el Ministerio Público cuestionó que en ninguna de las instancias anteriores se hubiera aplicado la perspectiva de género exigida por la Ley 26.485 y por la Convención de Belém do Pará. El eje central del planteo apuntó a que los tribunales provinciales no habrían observado el estándar de debida diligencia reforzada, exigido para prevenir, investigar y sancionar hechos de violencia contra las mujeres.

Luego de que también fuera rechazado ese recurso, la Procuración General acudió directamente en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Finalmente, la mayoría de los integrantes del máximo tribunal nacional resolvió hacer lugar a la presentación, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia del tribunal provincial.

De este modo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento, lo que implica reabrir la discusión judicial en torno a una causa que ya había quedado cerrada en el ámbito provincial. El recurso extraordinario y la queja fueron promovidos por Jorge Luis Miquelarena en representación de la provincia, mientras que el fiscal que intervino en las instancias previas fue Jorge Eduardo Burgueño.

El expediente había tramitado durante 2022 ante la Oficina Judicial de Puerto Madryn y ahora volverá a tener un nuevo capítulo judicial tras la intervención del máximo tribunal del país. Con información de una gacetilla de prensa del Ministerio Público Fiscal.

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