La manera en la que se deberá renovar el registro.
La licencia de conducir, al igual que el DNI o la Verificación Técnica Vehicular (VTV), es uno de los documentos esenciales que debe portar cada conductor cuando sale a la calle o ruta. No contar con ella, o tenerla vencida, puede ser un dolor de cabeza porque ocasionará grandes problemas económicos.
La Ley Nacional de Tránsito y las normativas locales establecen limitaciones vinculadas con la edad para su gestión y las condiciones de renovación del carnet del documento vial.
Las modificaciones para renovar el registro
El proceso se simplificó. Los conductores de vehículos particulares (tipos A, B y G) solo necesitarán un chequeo de aptitudes psicofísicas realizado por un médico acreditado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Este cambio elimina la necesidad de presentarse en un centro municipal, al permitir que el trámite se complete de manera digital.
Cambios en las licencias profesionales
Para los conductores de vehículos de transporte de pasajeros y mercadería, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Ahora, las licencias nacionales de tipo C, D y/o E serán suficientes para el transporte interjurisdiccional, al eliminar la duplicación de licencias y simplificar el proceso.
Las jurisdicciones autorizadas por la ANSV podrán emitir licencias profesionales, permitiendo a los conductores trasladarse entre provincias sin necesidad de tramitar un carnet adicional. Además, el domicilio real ya no necesitará coincidir con el de la licencia profesional.
El nuevo sistema también fomenta la competencia entre médicos, ya que cualquier profesional o centro médico con la aparatología adecuada podrá registrarse para realizar los chequeos necesarios. La documentación se presentará en un portal similar al sistema de recetas digitales, y la licencia se renovará al instante.
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