En un paso hacia la modernización y simplificación de los trámites vehiculares, el Gobierno Nacional oficializó importantes modificaciones al Código de Tránsito mediante el Decreto 196/2025.
Entre los cambios más destacados se encuentra la validación plena de la licencia de conducir digital, que ahora será aceptada en todo el territorio argentino, eliminando la obligatoriedad de portar el carnet físico. Los conductores podrán acceder a esta versión digital a través de la aplicación Mi Argentina.
Otra de las novedades es que ya no será necesario acudir presencialmente para renovar la licencia. Los conductores podrán realizar el examen psicofísico en cualquier centro médico habilitado, que enviará un documento similar a una receta digital. Esto permitirá que la renovación se complete en cuestión de minutos tras la carga del certificado. Además, se implementaron nuevos plazos de vigencia según la edad del titular:
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- Personas entre 17 y 65 años: renovación cada 5 años.
- Mayores de 65 años: renovación cada 3 años.
- Mayores de 70 años: renovación anual.
Ya no será necesario circular con el carnet físico
Foto: Clarín
Sin embargo, quienes cometan faltas graves durante los primeros dos años tras obtener su licencia por primera vez serán sancionados con la suspensión del documento y deberán rendir nuevamente los exámenes correspondientes, según lo establecido por la nueva Ley Nacional de Tránsito.
TRANSFORMACIONES EN LAS LICENCIAS PROFESIONALES
El decreto también introdujo cambios significativos para los permisos destinados al transporte interjurisdiccional de pasajeros y mercadería. Se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), que hasta ahora requería un trámite adicional gestionado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). A partir de ahora, las licencias nacionales profesionales tipo C, D y/o E serán suficientes para habilitar el transporte entre provincias.
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Este cambio busca evitar la duplicación de trámites y descentralizar el proceso. Las jurisdicciones autorizadas por la ANSV podrán emitir licencias profesionales válidas para todo el país, respetando los estándares nacionales. Además, ya no será necesario que el domicilio real coincida con el registrado en la licencia profesional, facilitando que los conductores tramiten su documento en cualquier jurisdicción habilitada. Para quienes cambien su lugar de residencia, bastará con actualizar su domicilio digitalmente sin necesidad de gestionar una nueva licencia.
La reforma también introduce competencia entre centros médicos habilitados para realizar los exámenes psicofísicos necesarios para las renovaciones. No habrá un canon específico, lo que permitirá que cualquier profesional o institución con la aparatología requerida pueda registrarse. La documentación será presentada mediante un portal similar al sistema utilizado para recetas digitales, agilizando el proceso administrativo.
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Con información de La Nación y Los Andes, editada y redactada por un periodista de ADNSUR