Se conoció el jueves la sentencia definitiva del Superior Tribunal de Justicia de Chubut respecto de una causa por abuso sexual y corrupción de menores. El máximo tribunal declaró improcedente la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa de J.P.R.C. y su respectiva queja y confirmó las condenas de primera y segunda instancia a 18 años de prisión en su contra.
El nombre del condenado no se da a conocer públicamente para preservar la identidad de las víctimas.
La causa fue llevada a juicio y sostenida ante la Cámara en lo penal local por la fiscal general Verona Dagotto. Mientras, la defensa particular del imputado fue ejercida por Francisco Miguel Romero.
EL CASO
El 16 de noviembre de 2023 el tribunal colegiado de debate declaró a J.P.R.C. “autor” penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido contra una menor de 13 años y por la convivencia preexistente, al menos dos hechos en concurso real, abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una menor de 13 años aprovechando la convivencia preexistente en calidad de autor, al menos dos hechos en concurso real; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante cometido contra una menor de 18 años, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores, agravada por haber sido cometido contra una menor de 13 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente en la modalidad de delito continuado, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal”.
Seguidamente el 24 de marzo de 2024 dicha sentencia condenatoria de primera instancia fue confirmada en todos sus términos por la Cámara en lo penal local.
FALLO DEL SJT
La causa fue elevada al Superior Tribunal de Justicia (STJ) en queja por la defensa del imputado; y a su vez en consulta, por el monto de la pena, superior a diez años de prisión impuesto.
PRISION PREVENTIVA
Este viernes en horas del mediodía, por solicitud de la fiscal, se realizó la audiencia de revisión correspondiente a la prisión preventiva.
La fiscal Dagotto en virtud de la Sentencia del STJ -donde se declara improcedente la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa de J.P.R.C. y su respectiva queja, y a su vez confirman las sentencias condenatorias de primera y segunda instancia, a 18 años de prisión-, solicitó que se dicte la prisión preventiva del mismo y se remita la sentencia al juez de ejecución penal.
Esto ya que se ha incrementado el peligro de fuga y para asegurar el cumplimiento de la Ley penal.
El defensor particular Benjamin Sanabria, resistió el pedido de la fiscal ya que rige el principio de inocencia hasta que la sentencia quede firme. Solicito que se mantengan las medidas sustitutivas.
Por último, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió dictar la prisión preventiva de J.P.R.C. hasta que la sentencia adquiera calidad de cosa juzgada, sobre la base del peligro de fuga existente y para asegurar el cumplimiento de la Ley penal.